La falacia de la competencia en las redes de telecomunicaciones

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Por Ing. Gerardo Fumero Paniagua

Opina la Licenciada María Lourdes Echandi Gurdián, en Constitución Política Comentada de Costa Rica, Editorial McGraw-Hill, 2001, página No. 263, “La Doctrina admite la existencia de los monopolios en el sistema económico de mercado, en tres supuestos: monopolio natural, monopolio de derecho y la propiedad intelectual: monopolio temporal de derecho.

El monopolio natural ocurre si el nivel de producción, cualquiera que sea éste, puede ser producido de una forma más barata por una empresa que por dos o más, la economía a escala es más eficiente y existe, en esos casos, un monopolio natural.

En este sentido, indica la doctrina económica que: “Hay mercados en que la competencia no es deseable o inclusive ni siquiera viable. Si la producción tiene importantes economías de escala, de tal manera que el costo medio a largo plazo siempre disminuye cuando aumenta esta, es más eficiente que haya un único productor que muchas empresas en la industria. En esos monopolios naturales la competencia no es deseable porque la existencia de más de un productor elevaría los costos... Por tanto, la adopción de medidas antimonopolio para impedir el establecimiento de un monopolio natural sería contraproducente”.

Congruentes con la teoría económica expuesta por Echandi y universalmente aceptada, expertos estiman que los costos para un país se incrementan en un 21%, cuando se obliga a la desintegración o desagregación de la red de telecomunicaciones -se rompe el monopolio-.

Por otra parte, los Licenciados L. Vargas y G. Hernández, consultores de la CEPAL, en Competencia y regulación en las telecomunicaciones: Costa Rica, 16/09/2006, manifiestan: “Podríamos afirmar que la estricta regulación y control tarifario practicadas por la ARESEP generan que la situación del sector de telecomunicaciones en Costa Rica simule el modelo de monopolio regulado. En este modelo, el regulador se encarga de llevar el precio de los servicios de telecomunicaciones a un nivel similar al que existiría en una situación de competencia perfecta para así maximizar el bienestar social.

Cabe agregar además, que la curva de costos marginales del ICE es menor que la de un operador privado… porque no incluye el beneficio o rentabilidad normal de toda actividad económica (también conocida como retribución al factor empresarial o costo de oportunidad) dada la limitación legal que tiene de generar utilidades y …porque su carácter de monopolio público exime al ICE de algunos costos que otros operadores sí enfrentarían …como el pago del impuesto sobre la renta, y municipales, así como del derecho de paso de las vías públicas y el uso del espectro radioeléctrico; además de que cuenta con la posibilidad de desarrollar economías de escala al ser el único operador en el mercado”.

Efectivamente, según estudios realizados por el Organo Regulador de las Telecomunicaciones del Perú, (OSIPTEL), la tarifa básica de un servicio fijo equivale en Costa Rica al 1% del ingreso per cápita, la más baja del Continente, solo comparada con los niveles de acceso a ese servicio en Europa, mientras que en Perú por ejemplo, alcanza el 6.5%.

De nuevo, la experiencia confirma la teoría, pues Costa Rica es efectivamente el único país latinoamericano en donde las telecomunicaciones son administradas como un monopolio, además de que por ser la institución que las presta, de propiedad estatal, opera con tarifas al costo y con subsidios cruzados, principios totalmente inaceptables en una economía de mercado y que precisamente hacen una abismal diferencia entre un monopolio público y uno privado.

Todos aquellos países en donde se han violentado los principios económicos que rigen los monopolios naturales -en busca de, o en aras de una apertura, que en teoría pudiera deparar alguna competencia- se han estrellado con la dura realidad de la que dan cuenta muchos informes, por ejemplo, A. Vargas, La Prensa Libre del 17/10/2003: “Durante la campaña de privatización, dijeron que iban a abaratar las tarifas y las aumentaron hasta un 1.300 % (...) La tarifa básica residencial, que en Costa Rica es de 1.650,00 colones (más 150 minutos gratis), en El Salvador cuesta 3.847,45 colones (y cero minutos gratis), lo cual significa un 274 % más caro”.

A pesar de todas estas evidencias -teóricas y de la realidad latinoamericana- el Proyecto de Ley General de Telecomunicaciones de Costa Rica, actualmente en la corriente legislativa, Expediente No. 16.398, establece en el artículo No. 2, inciso e), entre sus “principios rectores”, su mayor falacia: “Promover la competencia efectiva en el mercado de las telecomunicaciones como mecanismo para aumentar la disponibilidad de servicios, mejorar su calidad, y asegurar precios asequibles”, cuando precisamente este país tiene el más alto desarrollo en telefonía fija, (una densidad del 31.6%), la mejor calidad (una completación de llamadas desde los EEUU del 71.47%), y las tarifas más bajas de América Latina.

De llegarse a aprobar el CAFTA o ese proyecto de ley, el país tendría que abrir sus redes para que las empresas privadas puedan conectar las suyas a las del Instituto Costarricense de Electricidad, (ICE) y a las del resto del mundo, pues ambas legislaciones exigen “… interconexión… con tarifas basadas en el costo…”.

De esta forma, se estaría obligando algún grado de participación privada, no de competencia, que tampoco han logrado con las aperturas en Latinoamérica, pues en la mayoría de estos países dos empresas: Telmex y Telefónica, se reparten más del 75% del mercado celular, por ejemplo.

La gran ironía es que mientras se garantiza a las empresas privadas la posibilidad de participar de un negocio sin riesgo, pues además de interconexión, el dueño de la red, debe ofrecer -aquí sí- precios al costo y además suficientemente bajos, para que puedan obtener una jugosa utilidad, se encarecen las tarifas a los usuarios finales.

La participación de otros operadores solo introduce costos adicionales, que en Costa Rica no existen y que no agregan ningún valor, excepto el de complacer a unos pocos que defienden el derecho a “escoger” entre varios operadores, aunque para otros millones de usuarios, eso signifique quedarse sin servicio.

Este modelo, que eleva a una dimensión sobrehumana el libre comercio y la competencia (en realidad la participación de la empresa privada, en este caso), en detrimento de las potestades regulatorias del Estado y en última instancia de las necesidades más básicas del ser humano, desconoce los principios de servicio al costo, de solidaridad y de universalidad.

Con la justificación de la competencia, cuando las empresas dueñas de la red no ofrecen a los intermediarios suficientes beneficios, la legislación -neoliberal- se encarga de castigarlas. Precisamente esto sucedió recientemente, La República del 05/07/2007, pues según una noticia fechada en Bruselas: “Los reguladores de la Unión Europea multaron a Telefónica S. A. con 151.9 millones de euros ($207 millones de dólares) por un “muy grave abuso” de su dominio en el acceso de banda ancha de Internet en España, la mayor penalidad de la UE contra una compañía telefónica.

La Comisión Europea en Bruselas acusó a Telefónica, la mayor compañía española del sector, de cobrar tarifas mayoristas demasiado cercanas a los precios minoristas, impidiendo a proveedores de Internet rivales obtener ganancias. La Comisión dijo que la penalidad es un “importante precedente” para las compañías de otros sectores llamados de red como la energía, el transporte y los servicios de telecomunicaciones que recientemente han sido liberalizados.

La Comisión, el regulador de la competencia de la UE, advirtió a las compañías involucradas que no abusen de sus posiciones dominantes. El margen entre los precios minoristas de Telefónica y su precio mayorista de acceso a banda ancha fue “insuficiente” para cubrir los costos de las compañías. El resultado fue que operadores rivales quedaron eficientemente excluidos de la competencia, dijo la Comisión”.

Adicionalmente, debe anotarse que el CAFTA, Anexo 13, artículo 3.1 exige: “Costa Rica permitirá a los proveedores de servicios de otras Partes suministrar servicios de telecomunicaciones en términos y condiciones no menos favorables que aquellas establecidas por u otorgadas de conformidad con la legislación nacional vigente al 27 de enero del 2003”.

Y es que un reciente estudio de Signals Telecom Consulting, No. 13, del 24/07/2007, documenta los costos de interconexión en Latinoamérica y curiosamente la tarifa promedio es de 10 centavos de dólar por minuto, mientras que en Costa Rica es de 1 centavo. En México por ejemplo, el operador dominante y prácticamente monopólico, Telmex, propiedad del magnate Carlos Slim -hoy el hombre con la mayor fortuna del mundo- cobra 15 centavos.

Cabe preguntarse finalmente, ¿se consumará una vez más otra grotesca asimetría (inequidad, injusticia, despojo, etc.), al mejor estilo “caftiano” -que de por si caracteriza este proceso de neo-liberalización o globalización- para obligar a este país a entregar su infraestructura -construida con dineros públicos- al Sr. Slim, (el más fuerte candidato a “competir” con el ICE), a tarifas 15 veces menores a las que el Sr. Slim cobra en México, contribuyendo así los costarricenses a aumentar su fortuna, mientras dejamos a nuestra población más pobre sin servicio, tal y como ha sucedido en la mayoría de los países latinoamericanos?


Fuente Argenpress

Caricatura Mecho


Nota: La negrita es nuestra







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