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Abogados y demandantes del Juicio Crucitas condenan filtración de fallo en Sala Primera

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Pronunciamiento:


Nosotros, los abogados y las partes demandantes, directamente involucrados en el Juicio Contencioso Administrativo relacionado con el Proyecto Minero Crucitas, hacemos del conocimiento público lo siguiente:

Consideramos gravísimos los hechos que han sido noticia en relación con la filtración, a supuestas partes interesadas, del Proyecto de Sentencia de Casación de la Sala I de la Corte Suprema de Justicia, sobre el caso del Proyecto Minero Crucitas. Además, hoy conocemos que los señores y señoras Magistradas de dicha Sala están siendo recusados (objetados para que no participen en la sentencia) por parte de una persona aliada a las partes demandadas. Sabemos también que esa persona intentó bloquear el nombramiento en propiedad de al menos dos jueces del Tribunal Contencioso que participaron en la redacción del Fallo que detuvo al proyecto minero. Todos esos hechos atentan contra la dignidad e independencia de los señores miembros del Poder Judicial, lo que debe garantizárseles a toda cosa, por el bien de la democracia costarricense.

Lo aquí denunciado debe llenar de gran preocupación a toda la sociedad. Sabemos de los grandes intereses económicos y políticos que están detrás de ese proyecto minero, del poder político de las personas involucradas y del precio escandalosamente alto del oro en el mercado internacional, rozando la marca histórica de los 2000 dólares la onza (se pretendían extraer alrededor de un millón de onzas).

Hoy se ha colocado en grave riesgo la decencia de la institucionalidad costarricense y la esencia misma del Estado Social y Democrático de Derecho. Nuestra lucha ya no debe ser sólo por evitar los perjuicios para el país de un determinado proyecto minero y la defensa del apego a la legalidad. Esta lucha se convirtió ahora en la defensa frontal de toda nuestra institucionalidad pública, gravemente amenazada con este caso.

El juicio oral y público llevado a cabo en el Tribunal Contencioso Administrativo, que desembocó en la ya histórica sentencia que anuló la concesión minera a favor de Industrias Infinito en Crucitas de Cutris, San Carlos, fue un gran ejemplo de independencia del Poder Judicial.

En dicho juicio, que duró aproximadamente dos meses, después de un amplio debate con abundante prueba aportada por todas las partes, los costarricenses pudimos conocer de primera mano la existencia de graves actos contrarios a la ley, llevados a cabo por políticos del más alto nivel, funcionarios públicos y personal de la empresa minera Industrias Infinito S.A. Lo anterior llevó a dicho Tribunal a considerar, en su sólida sentencia, que en los permisos otorgados a la empresa minera existía fraude de ley y que podría haber existido una "orquestación de voluntades" encaminada a lograr que el Proyecto Minero Crucitas entrara en funcionamiento de la manera que fuera. Un fallo histórico que devolvió la seguridad jurídica que este país tanto necesita.

Consideramos, sin lugar a dudas, que el objetivo de las maniobras denunciadas es alterar el balance y la integración de la Sala I y entorpecerle el dictado de su sentencia. Es nuestra opinión que todos estos hechos forman parte de una nueva campaña del miedo, orquestada con el único afán de intimidar y amedrentar a todos aquellos que puedan ser un obstáculo para la realización del proyecto minero. Esto se une a la serie de denuncias penales infundadas, interpuestas por Industrias Infinito contra expertos y activistas que se han pronunciado en contra del Proyecto Minero.

Nos parece que estas acciones también van encaminadas a desprestigiar a nuestro aparato jurisdiccional, de cara a un eventual litigio internacional relacionado con este proyecto minero.

Condenamos enérgicamente esas acciones arteras en contra de la dignidad de nuestro país y exigimos que se hagan las investigaciones de caso y se identifique y sancione al culpable o los culpables de estas maniobras.

Exigimos que salga a la luz pública el nombre de las partes interesadas y abogados que han tenido acceso al borrador del fallo, según lo ha comunicado la prensa nacional.

Finalmente, exigimos al Poder Judicial que respalde la actuación de los señores magistrados de la Sala I y se rechace de forma contundente cualquier intento de remover a esos funcionarios del conocimiento del caso Crucitas.


San José, 12 de noviembre 2011.


Alvaro Sagot Rodríguez, Abogado

Edgardo Araya Sibaja, Abogado

Bernal Gamboa Mora, Abogado

Jorge Arturo Lobo Segura, Demandante


Fuente: Diario Digital Nuestro País

Imagen: Diario Digital Nuestro País


El énfasis es nuestro


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Intereses "ocultos" boicotean caso de minera Crucitas en Sala Primera

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  • "Alguien" sustrajo proyecto de borrador de sentencia en casación

San José, 12 nov (elpais.cr) - Las afirmaciones de un conspicuo político a sus amigos y a un grupo de empresarios de que caería la sentencia del Tribunal Contencioso Administrativo (TCA), sobre el caso Crucitas, se hizo realidad tras corroborarse el robo de un borrador del fallo de casación de magistrados de la Sala Primera.

Este viernes, el Fiscal de la República, Jorge Chavarría, allanó oficinas de la Sala Primera para incautar documentos y computadoras, con el fin de determinar quién fue la persona que cometió el delito, que pone en el más alto riesgo la ya deteriorada credibilidad del Poder Judicial.

Chavarría reconoció al Canal 7 de televisión que la denuncia fue hecha por la Presidente de dicha Sala, Anabelle León Feoli, y que los magistrados colaboraron con la comisión de la Fiscalía.

En Crucitas de San Carlos, Región Huetar Norte de Costa Rica, la transnacional canadiense Infinito Gold, ha pretendido construir una mina de oro a cielo abierto. Sus instalaciones están ubicadas a unos tres kilómetros del río San Juan, fronterizo con Nicaragua.

El 24 de noviembre del 2010, el TCA dio a conocer el "por tanto" de su decisión relativa al proyecto minero ubicado en Las Crucitas, mientras que el 14 de diciembre del mismo año, los jueces leyeron la sentencia que anulaba un decreto presidencial de Oscar Arias y los permisos para que operara dicha actividad minera, considerada la más contaminante del planeta.

Posteriormente, el 15 de octubre anterior, la Sala Primera se pronunció sobre la admisibilidad de los recursos de casación que presentaron las diversas partes por el caso Crucitas. El recurso de casación planteado por el Estado, fue admitido en su totalidad.

En el caso de las 11 infracciones, que acusó la empresa Industrias Infinito, sólo nueve fueron admitidas. De los siete cargos que planteó el Sistema Nacional de Áreas de Conservación (SINAC), solo cinco fueron aceptados para estudio. De ASOCRUCITAS se admitieron dos de los tres supuestos vicios planteados.

Fuentes extraoficiales dijeron a este medio que los magistrados estarían ratificando, en el borrador, la sentencia del TCA, mientras que observadores judiciales indicaron que ese fallo "está muy bien blindado jurídicamente como para traerlo abajo".

De acuerdo con los procedimientos, aún falta que la Sala Primera reciba los alegatos de los abogados ambientalistas, quienes precisamente se reunirán, este sábado, para concluir su labor y presentar los documentos antes del 22 de noviembre.

Para Álvaro Sagot, el sabotaje a la Sala Primera despierta sospechas de intereses ocultos para recusar a los magistrados de ese Alto Tribunal, llevar el caso a la Corte Plena y que sean magistrados suplentes, quienes resuelvan el caso.

Precisamente, con ese propósito, un abogado del privado Instituto Latinoamericano de Derechos Humanos planteó este viernes una recusación contra los cinco magistrados de la Sala, alegando que ellos designaron en propiedad a dos jueces del TCA, quienes dictaron la sentencia hace un año. El caso está siendo analizado por las instancias judiciales respectivas.

Expertos en el tema no descartaron que el robo del documento y la solicitud de recusación de los magistrados "sea una orquestación para que la empresa salga diciendo que los magistrados propietarios deben ser relevados porque ya adelantaron criterio".

Consultado Sagot sobre el caso, dijo a Elpais.cr que posiblemente los "intereses ocultos" pretenden que la Sala ordene un nuevo juicio, o que la sentencia final sea tomada por magistrados suplentes.

Sin embargo, la Presidenta de la Sala dijo al canal de televisión que esta situación no tiene efectos procesales, pues lo que se filtró fue un borrador del fallo, que no es el definitivo, ya que falta conocer más sobre el caso.

De acuerdo con el Fiscal y con León Feoli la investigación llegará hasta las últimas consecuencias tras calificar de "muy serio este caso".

Para esas autoridades, la filtración del borrador de la sentencia pone en entredicho la credibilidad del Poder Judicial.

En círculos de organizaciones ambientalistas, este escándalo "no es más que el trabajo sucio de alguien para lograr la penetración en Costa Rica de la minería de oro a cielo abierto y para ensuciar la gran labor independiente de los magistrados de la Sala Primera, así como echar abajo la brillante sentencia del Tribunal Contencioso Administrativo".

Finalmente, llama la atención lo dicho por un empresario del sector turismo, de la Región Huetar Norte, quien afirmó que pronto esa sentencia del TCA caería, según se lo afirmó un destacado político costarricense.


Fuente: Diario Digital Nuestro País

Imagen: Diario Digital Nuestro País


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Abogados antimineros denuncian intento por desprestigiar Sala Primera, Diario Digital Nuestro País


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Crucitas y la supuesta "inseguridad jurídica": algunas precisiones

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En relación al contundente "por tanto" leído por el Tribunal Contencioso Administrativo el pasado 24 de noviembre relativo al caso del proyecto minero ubicado en Las Crucitas, han surgido algunas voces advirtiendo que esta decisión constituye una "mala señal" para la inversión, dado que generaría inseguridad jurídica para las empresas extranjeras que desean invertir en Costa Rica. Al respecto, se deben aclarar algunos aspectos fundamentales que omiten algunas de estas voces.

El marco jurídico que tiene que cumplir cualquier proyecto de inversión extranjera, se hizo para cumplirse. Es la razón de ser de toda normativa. El marco vigente debe respetarse y aventurarse a obviarlo o burlarlo, con la complicidad directa o indirecta de algunas autoridades políticas de turno, o con interpretaciones antojadizas de abogados contratados por una empresa, acarrea consecuencias graves que prevé el ordenamiento jurídico.

En el caso de este proyecto minero, si nos remontamos al año 1996 y 1997, estaba claro que los hallazgos de un yacimiento de oro se encontraban bajo un terreno cubierto con bosque. La empresa conocía que para ese entonces, acababa de pasar la Ley Forestal 7575, que reafirma por medio del artículo 19 la prohibición de cambio de uso del suelo en zonas de bosque. Nótese que ya desde ese momento, la empresa podía pronosticar las dificultades que encontraría si se aventuraba a solicitar la concesión de explotación de ese oro.

En el año 2001, finalmente la empresa obtiene la concesión minera para explotar el oro (en la segunda semana de diciembre para ser exactos), pero, muy importante, condicionado a cumplir con el requisito de un Estudio de Impacto Ambiental (EIA) o lo que de este resultase. Nótese que bajo estas condiciones, el cambio de uso del suelo en zona de bosque y otras muchas situaciones ambientales, además de la eficacia de la concesión otorgada, quedaban sujetas a los resultados de la evaluación ambiental que debía realizarse.

En el año 2004, mientras se realizaba la evaluación de impacto ambiental, la Sala Constitucional, anula la concesión minera y señala que la misma no puede otorgarse hasta que se cuente con la aprobación (viabilidad) del EIA. Dicha aprobación, después de un primer rechazo del año 2002 y de una apelación que retrotrae el proceso a que se solicitara un anexo, finalmente se otorga el 12 de diciembre del 2005 (otro diciembre). En la resolución que otorga la viabilidad ambiental se indica ésta tiene un período de vigencia de 2 años para el inicio de la extracción.

A pesar de este plazo de 2 años (diciembre del 2005 a diciembre del 2007) otorgado por SETENA, no es sino hasta el 30 de mayo del 2007 que la empresa realiza una primera gestión ante la Dirección de Geología y Minas para que se le vuelva a otorgar la concesión minera. Además, es la misma empresa quien se presenta ante la SETENA, en diciembre del 2007 (otro diciembre más), con una modificación sustancial del proyecto para efectos de poder cumplir con una norma exigida por Canadá (mercado de destino del producto final) respecto al nivel de confiabilidad de la extracción. El proyecto se amplía de 6 a 9 años, se pasa de profundidades de 15 metros a 67 metros, y el volumen de roca a explotar casi se duplica. No obstante, en vez de presentar un nuevo EIA, la empresa presenta un documento de evaluación ambiental de la modificación en el que se hace énfasis en los impactos positivos y no en los negativos; dejando de lado el cumplimiento de los procedimientos técnicos de un EIA establecidos mediante decreto ejecutivo desde el año 2006.

En un tiempo record, la SETENA, bajo el amparo del Ministerio de Competitividad, expresamente encargado de "fortalecerla", otorga la viabilidad ambiental a la modificación del proyecto en febrero del 2008. Luego, en abril del 2008, el Presidente de la República, Oscar Arias, y su Ministro de Ambiente, Roberto Dobles, le otorgan al proyecto una nueva concesión de explotación minera con características idénticas a las de la concesión del 2001 pero que dista de los proyectos aprobados por la SETENA en diciembre del 2005 y en febrero del 2008. Pese a esto, el proyecto no inicia operaciones porque el bosque sigue existiendo sobre el yacimiento y también sobre parte de la laguna de relaves que se ha diseñado para disponer los casi 20 millones de toneladas de residuos peligrosos que generaría el proyecto minero.

Es así como, en octubre del 2008, el Presidente Arias y el Ministro de Dobles, sin hacer constar en ningún lado el balance exigido por la Ley Forestal 7575 entre los beneficios sociales y los costos socio-ambientales, otorgan una Declaratoria de Conveniencia Nacional al proyecto minero. El mismo día de la publicación en La Gaceta de este decreto, el día Viernes 17 de octubre, a primera hora se firma y notifica el Permiso de Tala por el Sistema Nacional de Áreas de Conservación en San Carlos, y se inicia la tala rasa de entre 50 y 100 hectáreas de bosque hasta que la Sala Constitucional lo ordena detener. Un detalle curioso es que desde la madrugada de este mismo viernes 17, equipos de tala y maquinaria estaban siendo movilizados a la zona.

La historia, en estos últimos dos años, se ha dado en los tribunales. Primero ante la Sala Constitucional y luego ante el Contencioso Administrativo. La Sala Constitucional, en una votación de 5 a 2, resuelve sobre asuntos constitucionales a favor de la empresa, pero deja ver claramente que los asuntos de legalidad deben resolverse ante una instancia administrativa. Lo cual se hace y finaliza con una sentencia en contra de la empresa en noviembre del 2010.

Cuando se revisan los fundamentos de ilegalidad, se encuentran nuevos argumentos que llevan hasta la anulación de la primera viabilidad ambiental, por no cumplirse con requisitos legales establecidos mucho antes, como el refrendo de los planos por parte del Colegio de Químicos e Ingenieros Químicos. Lo mismo sucede respecto al camino público que pasa por el área donde se quiere construir la Laguna de Relaves, y otros argumentos más, donde por ejemplo se destaca la discrepancia en áreas de explotación, pues en SETENA se otorga permiso para 227.6 ha, en la concesión se autoriza explotar 1000 ha y en el decreto de conveniencia, se permite la tala de 262 ha. Asimismo en el permiso ambiental se le permite a la empresa impactar un acuífero regional, pero en la concesión ello se les prohíbe, inconsistencias todas ellas que violentan la legalidad de los actos impugnados y que fueron analizados por el Tribunal Contencioso.

En resumen, la revisión de todo el proceso, deja ver que la Administración y la empresa no cumplieron con objetividad y legalidad una serie de autorizaciones de requisitos legales y técnicos vigentes para el momento en que tramitaba los permisos y cuyo cumplimiento era de su responsabilidad. Estas faltas dejan claro que aunque las diferentes autoridades del Estado no debieron actuar con tanta ligereza, la responsabilidad principal recae en la empresa, que era la llamada a cumplir de forma estricta con la legislación. Como se ve, la inseguridad jurídica surge precisamente por no cumplirse con la legislación y no por la legislación en sí, como se ha querido señalar de manera insidiosa por parte de algunos sectores.

El hecho de que un país, haga respectar su legalidad y los procedimientos técnicos vigentes, lejos de generar inseguridad jurídica, envía una señal muy clara a aquellos inversionistas que vengan a cumplir efectivamente con la misma. Es totalmente falaz (y roza con el sentido común) intentar denigrar el respeto irrestricto a la normativa vigente a la que se deben los inversionistas extranjeros so pretexto de que esto los ahuyentará. Costa Rica, hasta nuevo aviso, es un Estado de Derecho.


Dr. Allan Astorga Gättgens, Geólogo, Profesor UCR

Dr. Nicolás Boeglin, Profesor, Facultad de Derecho UCR

Dr. Rafael González Ballar, Ex decano de la Facultad de Derecho UCR

M.Sc. Alvaro Sagot, Abogado, Profesor UNA


Fuente: Diario Digital Nuestro País

Foto: Getty Images



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