Recoleción de firmas y referendo de UPOV

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Ecologistas meditan recolección de firmas para nuevo referendo

¿Proceso viable o "tomadura de pelo"? La autorización que dio el Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) a organizaciones ecologistas y de pequeños agricultores para recoger firmas con el propósito de convocar un referendo sobre la Ley y el Convenio de Obtenciones Vegetales (UPOV) generó duda y polémica.
Mauricio Álvarez, de la Federación para la Conservación del Ambiente (FECON), una de organizaciones solicitantes del referendo, dijo que pedirán adición y aclaración de la resolución emitida por el TSE el pasado 21 de diciembre, y ahí valorarán si tiene sentido o no seguir con la iniciativa.

"Interpretamos de anteriores resoluciones -y vamos a pedir la aclaración- que el requisito (para detener la discusión de las leyes en la Asamblea Legislativa) es la presentación de las firmas, que ahí ya existe el derecho a parar los proyectos, de lo contrario no tendría mucho sentido hacer la consulta popular".
"Nos interesa tener eso claro, porque no queremos generar falsas expectativas en una actividad en la que se hayan mediatizado las posibilidades reales de darle vida al referendo", señaló Álvarez.
Otro aspecto por valorar es el campo político. En este país se ha aprobado en el pasado leyes que son viables en términos formales, pero que en términos políticos se caen, y el Combo del ICE en el 2002, es un ejemplo de eso. "Si el Tribunal insiste en esa posición valoraríamos igual si mantener la iniciativa con una fuerte presión política en términos de movilización electoral", señaló el ambientalista.

De momento -afirmó- ya hay un logro, y es que el pronunciamiento del TSE desarma el argumento del Poder Ejecutivo, de que en el referendo del pasado 7 de octubre sobre el TLC se decidió también la agenda de implementación.
El TSE lo que está diciendo es que una cosa es el TLC, aprobado el 7 de octubre, y otra distinta es la agenda de implementación
, dijo Álvarez.
De acuerdo con la resolución del Tribunal, la convocatoria sería para que la ciudadanía apruebe o impruebe el Convenio Internacional para la Protección de Obtenciones Vegetales (UPOV), tramitado bajo el expediente legislativo n.° 16.590 y publicado en La Gaceta N° 79 del 25 de abril de 2007, así como el proyecto de Ley de Protección a las Obtenciones Vegetales, tramitado bajo el expediente legislativo n.° 16.327, publicado en La Gaceta n.° 163 del 25 de agosto de 2006.
La autorización no suspende el trámite de los proyectos en la Asamblea Legislativa. La suspensión del trámite legislativo solo sería posible con la convocatoria oficial del referendo, una vez recogidas las firmas y revisadas por el TSE. Dicha convocatoria solo se podrá hacer tres meses antes de la celebración del referendo, es decir el 7 de julio, indicó el Tribunal.

Para esa fecha es muy probable que las leyes de implementación hayan sido aprobadas en la Asamblea Legislativa, por lo que la consulta popular dejaría de tener sentido.
El proyecto de UPOV es parte de los 11 proyectos de la agenda paralela del TLC, cuya aprobación es una exigencia de Estados Unidos para autorizarle al país la puesta en vigencia del TLC.
La mayoría parlamentaria compuesta por 38 diputados oficialistas y sus aliados buscan pasar las leyes mediante procedimiento rápido antes del 29 de febrero. Los partidos de oposición consideran los proyectos inconvenientes para el país, y afirman que el apuro del oficialismo se debe al interés de aprobarlos sin mayor discusión.


Reacciones

El ministro de la Presidencia, Rodrigo Arias, descalificó la petición del referendo como un intento más de los opositores de obstaculizar el trámite de la agenda de implementación, y pidió a la ciudadanía no firmar la solicitud.
Entre los sectores adversos a las leyes de implementación las reacciones fueron variadas. Mientras que unos consideraron una "locura" insistir en un referendo, sin que haya condiciones para una justa y equitativa participación de las partes, como se evidenció el 7 de octubre, otros consideran por el contrario, que uno nuevo ofrecería la oportunidad de reactivar el movimiento del No en torno a un objetivo concreto.

El Rector del Instituto Tecnológico, Eugenio Trejos, quien coordinó el Movimiento de No al TLC, dijo que la convocatoria a un referendo sobre el Convenio y la ley UPOV ha revitalizado el espíritu de lucha.
"En este caso me parece que nosotros no podemos renunciar a ninguna forma de lucha no violenta, y creo que todas las formas que como movimiento social hemos empleado, han sido valederas todas hasta la fecha", expresó.
José María Villalta, abogado experto en legislación ambiental, dijo que para solicitar la consulta los proponentes partieron de que es preferible que estos proyectos sean discutidos en un referendo, donde se pueda informar a la gente y ésta decida, en vez de que se voten en la Asamblea Legislativa apresuradamente como pretenden hacerlo.
"Las leyes de UPOV son leyes absolutamente nocivas para el país, se están tramitando a golpe de tambor en la Asamblea Legislativa, y es algo que el pueblo no conoce, ni sabe cómo le va a afectar", aseguró. (Ver "Proyectos de obtenciones vegetales avanzan a toda máquina", UNIVERSIDAD No. 1737).
Villalta consideró que la iniciativa de recoger las firmas en sí misma tiene un valor importante para reactivar el movimiento, para motivar a la gente y que otra vez se movilicen los comités patrióticos que actuaron en la pasada consulta popular.


Las leyes probablemente van a ser aprobadas en los próximos días, pero la oposición las va a enviar a consulta a la Sala IV y hay un mes de tiempo para recoger las firmas antes de que vuelvan al Congreso para el segundo y último debate.
Esto depende, sin embargo, de que el Tribunal entregue rápido los formularios, del nivel de compromiso de la gente, y de que los comités se motiven con la idea. Si se logra incentivar a los comités, esas firmas (5% del Padrón Electoral, unas 130.000) se pueden recoger en un tiempo corto, estimó Villalta, quien es asesor parlamentario.
A la vez opinó que el TSE está haciendo una interpretación errónea "que favorece evidentemente al Gobierno, y que podría echar por tierra esta iniciativa, porque es muy probable que en julio ya se hayan aprobado las leyes."
Los peticionarios consideraron que es posible recoger las firmas antes de votar las leyes, y que una vez que se recogen las firmas y el TSE las revisa, se consolida el derecho a convocar por iniciativa popular. Entonces la Asamblea Legislativa no debería poder votar esas leyes, porque ya se consolidó el derecho de convocatoria por iniciativa popular, explicó.
No obstante, el Tribunal dice que hasta la convocatoria oficial, en julio, recién se suspendería el trámite de las leyes. Pero eso es absurdo, porque la suspensión tiene que darse a partir del momento en que se recogen las firmas, que es cuando nace el derecho a convocar, argumentó Villalta.
Por otra parte, "si se recogen las firmas y no se suspende el trámite de las leyes, ellos van a perder más legitimidad. Será una nueva demostración de cómo en este país se viola la institucionalidad democrática", apuntó.
Por su parte, el exdiputado José Miguel Corrales calificó de "totalmente acertada" la decisión de pedir un referendo para las leyes de UPOV, pero aseguró que el TSE "una vez más le hace el trabajo sucio al presidente Oscar Arias."

Corrales -autor de la Ley del referendo - explicó que dicha norma dice que solo habrá un referendo al año, pero los magistrados interpretaron diciendo que es con respecto al último.
"Lo que razonamos (al aprobarse la ley en el Congreso) es que no conviene que haya convocatoria a referendo seis meses después ni seis meses antes de las elecciones."
"La gente queda con el ánimo muy exaltado por la campaña política, y la voluntad de la gente va a estar muy matizada con respecto al gusto o disgusto del candidato de sus simpatías. Entonces es mejor que no lo haya ni seis meses después, ni seis meses antes. Seis meses antes ya hay candidatos de unas elecciones nacionales, y es muy posible que influya en el ánimo del elector el gusto o disgusto de los candidatos", expuso el exdiputado.
"También se dijo que no era conveniente, en esta etapa de experimentación del referendo (es una institución nueva en el país), que se abusara de él. Entonces fuimos sumamente conservadores y se dijo que solamente se puede hacer uno al año. Eso es lo que contiene el artículo 2 de la ley respectiva.
Pero el Tribunal sabe que en la Asamblea Legislativa se están tramitando los proyectos de UPOV y el Tratado de Budapest (sobre el depósito de microorganismos con fines de patentamiento), y en este período, hasta el 7 de octubre, es prácticamente inminente la aprobación. Y si eso ocurre, ya no hay necesidad de consulta.
"Por eso es que nos parece muy grave que el Tribunal juegue con el electorado en la forma en que lo está haciendo, única y exclusivamente para servir los intereses del Poder Ejecutivo", apuntó el exdiputado y excandidato presidencial liberacionista.

No obstante, recordó que la misma ley citada abre la opción del referendo abrogatorio, que podría ser solicitado por cualquier persona ciudadana, una vez que las leyes sean aprobadas en la Asamblea Legislativa.
Parecida opinión manifestó el diputado Rafael Elías Madrigal, subjefe de fracción del Partido Acción Ciudadana (PAC), según el cual el referendo abrogatorio es una alternativa por considerar.
Madrigal señaló que el Tribunal autoriza la recolección de firmas, pero se permite que siga el trámite de los proyectos por vía rápida en el Poder Legislativo, lo que al final "podría traducirse en una tomadura de pelo" para los ciudadanos.
El legislador del PAC recordó que el Poder Ejecutivo es el único que puede retirar los proyectos del conocimiento de la Asamblea Legislativa, y consideró que "si se le quiere dar realidad a este referendo me parece que es esa es la manera como se debería proceder."


Polémica

Tras la decisión del TSE, se hace necesario pedir una adición y aclaración de la resolución, porque no se puede decir que se autoriza la recolección de firmas y no se suspende nada, argumentaron algunos opositores a las leyes paralelas.
Aducen que la Ley del referendo en su artículo 11 dice: "Convocatoria oficial a referéndum. Cuando se haya reunido satisfactoriamente un número de firmas equivalente al menos a un cinco por ciento (5%) de los ciudadanos inscritos en el padrón electoral, se tendrá por convocado el referéndum. El TSE hará la convocatoria oficial del referéndum comunicándolo así en La Gaceta, dentro de los siete días hábiles siguientes, y procederá a la organización..."
De aquí concluyen que una vez recogidas las firmas, prácticamente se tiene por convocada la consulta, y la convocatoria oficial vendría a ser una formalidad.

A su vez, la Constitución Política, en su artículo 102 dice en lo pertinente: "…No podrá convocarse a más de un referéndum al año; tampoco durante los seis meses anteriores ni posteriores a la elección presidencial. Los resultados serán vinculantes para el Estado si participa, al menos, el treinta por ciento (30%) de los ciudadanos inscritos en el padrón electoral, para la legislación ordinaria, y el cuarenta por ciento (40%) como mínimo, para las reformas parciales de la Constitución y los asuntos que requieran aprobación legislativa por mayoría calificada.".

Consultado el presidente del TSE, Luis Antonio Sobrado, sobre la interpretación que dieron los magistrados, dijo que "desde que nosotros dictamos las primeras resoluciones en esta materia advertimos que el inicio de la recolección de firmas no suspende la tramitación del asunto e inclusive su votación. Que la única suspensión del trámite legislativo se produce a partir de la convocatoria del referendo."
"Ahora bien, en el caso presente entra en juego la otra norma que dice que no se puede celebrar más de un referendo por año. Si el anterior fue el 7 de octubre del 2007, el siguiente no puede ser antes del 7 de octubre del 2008. Y la ley dice que la convocatoria tiene que hacerse dentro de los tres meses previos, de modo que esta convocatoria no podría ser antes del 7 de julio.", expuso Sobrado.
Explicó que la solicitud de referendo por iniciativa ciudadana se archivaría por perder interés actual, en caso de que de aquí al 6 de julio sean aprobados los proyectos en la Asamblea Legislativa, que es lo más probable.
Es lo que procede por cuanto es un referendo que se pide para actuar, y esa aprobación se da antes de que la expectativa que tiene el grupo gestor se consolide jurídicamente con la recolección de todas las firmas, la revisión del tribunal y la convocatoria.

Hay que recordar que la convocatoria no puede hacerse antes del 7 de julio del 2008, de suerte que aunque fueran recogidas todas las firmas y revisadas, la convocatoria no podría hacerse antes del 7 de octubre del 2008, recalcó Sobrado en declaraciones a UNIVERSIDAD.
Respecto de la disposición de que solo un referendo por año se puede hacer, dijo que la resolución del Tribunal analiza y aclara las interpretaciones que se han dado, y señala que deben mediar 12 meses entre una votación y la otra. Es decir, no es el paso de un año calendario a otro, sino el transcurso de 12 meses entre un acto comicial (electoral) y otro acto comicial.
Si las leyes se aprueban antes de la convocatoria al referendo nada obsta para que los interesados planteen la solicitud de uno derogatorio. En ese caso sería un nuevo trámite, y para plantearse tiene que haber ya un proyecto aprobado, indicó el presidente del TSE.


Para leerlo completo: Semanario Universidad

Sección País, 17 al 23 de enero del 2008




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