Impugnan Reglamento de Vialidad para proyecto turístico en Papagayo

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  • Por considerarlo contrario al libre tránsito y al acceso de bienes públicos

  • Sala Constitucional tiene un mes para resolver caso tras realizar vista


María Siu Lanzas
msiu@prensalibre.co.cr

El Reglamento de Vialidad para el Proyecto de la Península de Papagayo fue impugnado ante la Sala Constitucional por considerarlo presuntamente contrario al libre tránsito y restringir el acceso a bienes públicos.

Este reglamento se emitió a través del decreto ejecutivo 30175-MP-TUR a principios de 2002 y está vinculado a la Ley Reguladora del Desarrollo y Ejecución del Proyecto Turístico Golfo de Papagayo, del que forma parte el Polo Turístico Papagayo.

El reglamento establece un sistema vial especial, creado para que los particulares puedan transitar dentro de los desarrollos turísticos de los concesionarios.

El abogado Mauro Murillo alega que dicho decreto no habría sido suscrito por el Ministerio de Obras Públicas y Transportes, así como que no habría sido consultado a la Municipalidad de Liberia, el Instituto Costarricense de Turismo (ICT) ni al Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo.

Murillo explicó que las vías de acceso a las concesiones deben ser públicas y por lo tanto municipales. “Tiene que haber un acceso pleno a toda la zona costera y debe ser la municipalidad la que dé mantenimiento a las vías”, señaló el abogado.

Según Murillo, en este momento no hay un acceso pleno a toda la zona costera, sino solo a algunas playas y por horario restringido. Asimismo, el abogado manifestó que para andar dentro de la zona hay que ser transportados por el servicio de una empresa privada.

En la acera contraria, el argumento sería que dicha obra está ubicada en una zona de régimen excepcional. “Yo no veo por qué deben haber restricciones personales para Nacascolo, que no tiene el resto del proyecto”, señaló.

LA PRENSA LIBRE intentó conversar con el asesor legal del ICT, Francisco Coto, pero este se encontraba en una reunión fuera del instituto y no respondió al mensaje al cierre de edición.

Entre sus alegatos, Murillo cuestiona que se ponga una servidumbre sobre bienes públicos, bajo la supuesta recomendación de una empresa.

“El acceso a las playas y riscos debe ser por calle pública y que la vialidad debió haber sido para todo el polo turístico y no solo para una porción concesionada. Resulta absurdo y antijurídico que el acceso a las zonas públicas, distante a varios kilómetros, se haga desde un gran parqueo ubicado en la vía principal y que de allí se desplacen por un sistema de transporte que manejaría el concesionario madre, quedando como concesionario de calles privadas, se lesiona el principio de legalidad y de razonabilidad”, apuntó Murillo.

Tanto el ICT como el abogado expusieron sus argumentos en una vista de la Sala Constitucional realizada esta semana. Ahora el órgano judicial tiene un mes como plazo máximo para resolver el caso.

El Reglamento de Vialidad dice que con el fin de no comprometer la sostenibilidad de la Península de Nacascolo, donde se ubica el Proyecto Península de Papagayo, se limitará al máximo la circulación de vehículos automotores impulsados por combustibles fósiles.

En ese sentido, solo se autoriza el ingreso de los vehículos de los proveedores de bienes y servicios de los desarrollos turísticos, de los titulares de las concesiones, de autoridades municipales, de construcción de proyectos y de los dedicados a la atención de emergencias.

La normativa también establece que para garantizar al público el acceso a las áreas públicas de la zona marítimo terrestre, los concesionarios implementarán un sistema de transporte y el uso de vialidad.

Lo anterior implica ofrecer un parqueo para el estacionamiento de los visitantes que lleguen con vehículos impulsados por combustibles fósiles, siempre que no califiquen dentro de la descripción anterior y un sistema de transporte público interno impulsado por motores menos contaminantes, con horario fijo y permanente, todos los días.


Fuente La Prensa Libre Online

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