- Carta de Luis Alberto Monge, Presidente Constitucional de la República 1982-1986, al diputado Jorge Eduardo Sánchez
Acabo de leer con gran interés la intervención legislativa que tuvo la oportunidad de hacer en el Plenario el día del lunes. Permítame expresarle mis felicitaciones a usted y a sus compañeros y compañeras de lucha y formular algunas aclaraciones y precisiones sobre tan importante tema.
Comprenderá que para un “chiquillo de mi edad” [85 años], es muy difícil recordar con exactitud los debates de hace varias décadas, cuando libraba recia batalla para conseguir aprobación de mi proyecto sobre la propina para los trabajadores gastronómicos.
Es humanamente comprensible que la mayoría de los propietarios de restaurante, se opusieron al citado proyecto, temiendo -según me expresaron- que ese recargo en la factura pudiera disminuir la clientela. Varias décadas de aplicación de la ley demostraron que esos temores eran infundados.
Sin embargo, justo es recordar que algunos restauranteros fueron enaltecedora excepción. Don Guillermo Pérez (q.e.p.d) de la “Cascada” y don Antonio Caseros (q.e.p.d) de “El Escorial”, me apoyaron, a veces hasta con su presencia, y la de varios de sus trabajadores, en las barras del Congreso.
Me informaron, que distinguidos diputados han citado como frase mía en los debates de aquella lejana época: “la propina no forma parte del salario”. Debo suponer que ellos se basan en los textos de las actas respectivas a los que no tengo acceso en el momento de escribir estas líneas. Respeto entonces como correcta su afirmación. Todo parlamentario sabe que cuando libramos una lucha por un proyecto, parte de la inevitable estrategia, es hacer concesiones y atenuar los temores de los opositores sobre las consecuencias negativas que pudiera producir la conversión del proyecto en ley.
Solo como una estrategia podría entenderse esa frase. Porque, precisamente, el proyecto se gesta para corregir un poco dos injusticias: a) los bajos salarios que se pagaban y que, al parecer, se siguen pagando a los trabajadores gastronómicos, y b) la insensibilidad de clientes que dejaban una limosna ofensiva o no dejaban propina. Agregamos que si al trabajador, al llegar la invalidez o vejez, se fija la pensión en base a salarios bajos, su monto, por lo reducido, pasa a ser un ingrato castigo para los años finales de su vida.
Usted, como abogado que es, sabe perfectamente que las leyes deben ser interpretadas no solo teniendo en cuenta los antecedentes históricos y legislativos sino también la realidad social del tiempo en que han de ser aplicadas.
Los tiempos que vivimos son difíciles, particularmente para la clase trabajadora. Por tal razón me parece injusto que se trate, mediante interpretación auténtica, establecer que la propina no forma parte del salario de los saloneros.
Agrego, finalmente, cosa de todos conocida, la reiterada jurisprudencia de la Sala II de la Corte Suprema de Justicia y de la Sala Constitucional, manteniendo reiteradamente el criterio de que la propina sí forma parte del salario de los referidos trabajadores.
Fuente Tribuna Democrática
Foto UCR
El énfasis es nuestro
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