Referéndum y garantías electorales de los pueblos indígenas
Nos preguntamos será, que nuestros gobernantes, tan ignorantes de una realidad como la del pueblo de Alto Telire, desconocen que existe un convenio 169 de la OIT ratificado por Costa Rica en 1993? ¿Será que dicho convenio se traspapeló entre las grande y eruditas bibliotecas presidenciales? O será que nuestros grandes políticos, intelectuales que si entienden a la perfección el mamotreto del TLC no lograron entender un pequeño convenio.
Nos preguntamos ¿Como informaron a nuestra gente sobre el contenido del TLC, para garantizar que su voto sea un voto informado? Quizás pensaron que alguno de nuestros indígenas, tuvo oportunidad de tropezarse con La Gaceta dentro de la selva Talamanqueña, o algunos pudieron leer lo que publican los medios de confusión social, como lo hemos denominado en Talamanca, cuando tuvo oportunidad de encontrar algún periódico, talvez no del día exacto , pero talvez un día cercano.. Quizá alguna de nuestra gente que sabe leer en castellano leyó; y aquellos, y más aun aquellas que no saben leer ¿Como se informaron? Talvez por la TV, si , en aquellos lugares donde hay luz, TV y entra la señal , y además los programas se transmiten en Bri-bri o Cabécara por supuesto.
Talvez a nuestros gobernantes se les olvidó la visita de nuestro presidente a la comunidad de Telire, donde pudo constatar con sus propios ojos que en este lugar no hay escuela, no hay luz y que la única forma que ingrese un periódico para que lo utilicen en lo que quieran, solo podría ser por helicóptero, como ingresó el señor presidente.
Talvez nuestros gobernantes ignoran que en Telire y otras poblaciones indígenas, existen centros de votación, donde nadie fiscaliza el proceso electoral porque solo va la gente del tribunal.
Según lo estipulado en el convenio 169 de la OIT , nuestros pueblos indígenas tienen derecho a ser consultados (art. 6 ), a definir su propio modelo de desarrollo (art. 7), a gozar de los mismos derechos y oportunidades que la legislación nacional otorgue a los demás miembros de la población (art. 2.2) , a gozar plenamente de los derechos humanos y libertades fundamentales, sin obstáculo ni discriminación a los hombres y mujeres de esos pueblos (art. 3).
Todos estos derechos de los pueblos indígenas están siendo violentados dentro de este referéndum. Y sin embargo tendremos que hacer uso de este seudo derecho, porque 500 y más años de resistencia no serán en vano, porque hoy más que nunca nuestros territorios indígenas están siendo amenazados.
- Rosa Díaz Quesada
Comité Patriótico Cantonal de Talamanca
Fuente ALAI
* El énfasis es nuestro
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